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Ley
LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
147

Artículo 147 de la LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Agencia de Innovación Digital es la que va a dar la información que se necesite a las autoridades que toman decisiones sobre seguridad ciudadana. Ella tiene que llenar el sistema de datos abiertos de la Ciudad, para que todos puedan acceder a la info. Además, cada dos meses debe presentar un reporte con estadísticas sobre cómo se comporta la delincuencia en la Ciudad.

Texto oficial

Artículo 147. La Agencia de Innovación Digital será la responsable de proveer de la información necesaria a las instancias que correspondan para una adecuada toma de decisiones en materia de seguridad ciudadana. Dicha dependencia será la responsable de alimentar el sistema de datos abiertos de la Ciudad. Presentará un informe estadístico de forma bimestral respecto del comportamiento delictivo en la Ciudad. Capítulo VIII Registro Administrativo de Detenciones

Ver texto oficial de la LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 29) ↗

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