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Artículo 36 de la LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 36 dice cómo se forman los grupos que se encargan de la seguridad en cada alcaldía. Estos grupos los encabeza el titular de la alcaldía, y también lo integran el fiscal de la zona, el jefe de policía de la Secretaría de Seguridad, el comandante de la Policía de Investigación, un representante del Jefe de Gobierno de la CDMX y un representante de los juzgados cívicos. Además, pueden invitar a personas de la sociedad civil (como vecinos o expertos) a las juntas, pero solo para dar su opinión, no para decidir. También invitan de forma permanente a representantes del Gobierno Federal y del Gobierno de la Ciudad para que participen en las reuniones.

Texto oficial

Artículo 36. Los Gabinetes de Seguridad de las Alcaldías se integrarán por: I. El titular de la Alcaldía correspondiente, quien lo coordinará; II. El Fiscal de la Alcaldía correspondiente; III. El Jefe Titular de Zona de la Secretaría; IV. El Comandante de la Policía de Investigación de la Fiscalía de la Alcaldía correspondiente; V. Un representante de la persona Titular de la Jefatura de Gobierno, y VI. Un representante de los juzgados cívicos, quien será designado por la Consejería Jurídica y de Servicios Legales. Los Gabinetes de Seguridad de las Alcaldías podrán invitar a las reuniones de trabajo a representantes de la sociedad civil o de la comunidad de conformidad con los temas a tratar. También se podrá invitar a otras personas e instituciones que puedan exponer conocimientos y experiencias para el cumplimiento de los objetivos de la seguridad ciudadana, quienes únicamente contarán con voz. Su participación será de carácter honorífico. Asimismo, se extenderán invitaciones al Poder Ejecutivo Federal y al Gobierno de la Ciudad de México para enviar representantes a participar de manera permanente en las reuniones de los Gabinetes.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.