Artículo 8 de la LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 8 dice que el Gobierno de la Ciudad de México tiene la obligación de garantizarte estos 15 derechos en materia de seguridad: vivir en paz y en buena convivencia, estar libre de amenazas por violencia o delitos, que te protejan contra el crimen, que no sufras violencia entre personas o en la sociedad, tener derecho a la vida, a que no dañen tu cuerpo, a tu libertad personal, a usar tus cosas de manera pacífica, a un juicio justo, a que un juez te defienda, a tu privacidad y a que respeten tu honor y dignidad, a expresarte libremente, a reunirte y asociarte con otros, a participar como ciudadano y a moverte por donde quieras. Además, para proteger estos derechos, las acciones del gobierno deben considerar las necesidades distintas de grupos que requieren atención especial, como personas en situación vulnerable, y aplicarse con perspectiva de género, es decir, tomando en cuenta las diferencias entre hombres y mujeres para no dejarlas fuera.
Texto oficial
Artículo 8. Los derechos en materia de seguridad que el Gobierno de la Ciudad de México tiene la obligación de garantizar a sus habitantes, son los siguientes: I. Convivencia pacífica y solidaria; II. Vivir libre de amenazas generadas por el ejercicio de las violencias y los delitos; III. Seguridad frente al delito; IV. No violencia interpersonal o social; V. Vida; VI. Integridad física; VII. Libertad personal; VIII. Uso pacífico de los bienes; IX. Garantías procesales; X. Protección judicial; XI. Privacidad y a la protección de la honra y la dignidad; XII. Libertad de expresión; XIII. Libertad de reunión y asociación y XIV. Participación de los ciudadanos, y XV. Libertad de tránsito. Las acciones para proteger los derechos en materia de seguridad ciudadana deberán ejecutarse con enfoque diferenciado y perspectiva de género para los grupos de atención prioritaria frente a la violencia y el delito.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.