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Artículo 91 de la LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La ley dice que los policías, cuando estén trabajando, tienen derecho a recibir asesoría y defensa legal totalmente gratis, pero solo si los problemas legales que enfrentan son por hacer bien su chamba. Eso aplica cuando alguien los demanda o acusa, o cuando ellos mismos quieren denunciar a ciudadanos que los agredan o los insulten, afectando su trabajo o su dignidad. Además, si un policía causa un daño mientras cumple con su deber (por ejemplo, en un accidente), la corporación para la que trabaja también es responsable y tiene que pagar junto con él.

Texto oficial

Artículo 91. Los cuerpos policiales y sus integrantes en funciones recibirán a través del órgano interno que se prevea en los reglamentos respectivos, asesoría y, en su caso, defensa jurídica en forma gratuita, siempre que los hechos controvertidos sean resultado del cumplimiento de su deber y la demanda o denuncia sea promovida por particulares o cuando los integrantes de las instituciones de seguridad ciudadana requieran ser asesorados para denunciar actos o agresiones cometidos en su contra por los ciudadanos o vecinos de la Ciudad, los cuales menoscaben su dignidad o les impidan el adecuado ejercicio de sus funciones. Cuando por el cumplimiento del deber incurran en responsabilidad civil, la institución a la que pertenezcan responderá solidariamente. Capítulo IV Servicio de Carrera Policial

Ver ley oficial en el DOF (pág. 19) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.