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Ley
LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
92

Artículo 92 de la LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Carrera Policial es como un plan de trabajo obligatorio y permanente para los policías. Este sistema define desde cómo se elige y contrata a nuevos policías, hasta cómo se capacitan, evalúan y ascienden. También incluye los pasos para reconocer su buen trabajo o, si es necesario, separarlos del servicio. En pocas palabras, son las reglas que siguen los policías desde que entran hasta que salen de la institución.

Texto oficial

Artículo 92. La Carrera Policial es el sistema de carácter obligatorio y permanente, conforme al cual se establecen los lineamientos que definen los procedimientos de reclutamiento, selección, ingreso, formación, certificación, permanencia, evaluación, promoción y reconocimiento; así como la separación o baja del servicio de los integrantes de las Instituciones Policiales.

Ver texto oficial de la LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 19) ↗

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