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Ley
LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
94

Artículo 94 de la LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La forma en que se organizan y quién manda a quién dentro de la policía lo va a decir una ley especial. Esa ley se llama Ley Orgánica y ahí van a estar escritos los niveles de mando, desde el jefe hasta los agentes. En otras palabras, no es algo que decida cada corporación por su cuenta, sino que ya está establecido en una regla general. Así, todos los cuerpos policiacos deben seguir esa misma estructura de organización.

Texto oficial

Artículo 94. La organización jerárquica de los cuerpos Policiales quedará establecida en la correspondiente Ley Orgánica.

Ver texto oficial de la LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 19) ↗

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