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Ley
REGLAMENTO DE OPERACIÓN PARA ESPACIOS DEPORTIVOS DE LA ALCALDÍA ÁLVARO OBREGÓN
Artículo
27

Artículo 27 del REGLAMENTO DE OPERACIÓN PARA ESPACIOS DEPORTIVOS DE LA ALCALDÍA ÁLVARO OBREGÓN

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que el gobierno de la Alcaldía tiene que avisarte por escrito si te quita algo que te había dado, como un permiso o un beneficio. Debe avisarte 10 días antes para que puedas prepararte o hacer algo al respecto. "Persona física" se refiere a una persona como tú o yo, y "moral" a una empresa o grupo. Así que si eres una persona o un negocio, tienen que darte el aviso por escrito, no solo de palabra.

Texto oficial

Artículo 27.- La Alcaldía deberá notificar por escrito a la persona física o moral la revocación con 10 días de antelación.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DE OPERACIÓN PARA ESPACIOS DEPORTIVOS DE LA ALCALDÍA ÁLVARO OBREGÓN (pág. 5) ↗

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