Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_5688/17
Ley
LEY DE ESPACIOS CULTURALES INDEPENDIENTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
17

Artículo 17 de la LEY DE ESPACIOS CULTURALES INDEPENDIENTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Se eliminó el Artículo 17 de la ley. Significa que ya no está vigente ni se aplica desde el 15 de junio de 2023, cuando se publicó su eliminación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Si antes decía algo, ahora ya no existe en la ley. No tienes que preocuparte por cumplirlo.

Texto oficial

Artículo 17. SE DEROGA Artículo derogado G.O. CDMX 15/06/23

Ver texto oficial de la LEY DE ESPACIOS CULTURALES INDEPENDIENTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 11) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

Artículo 17 de la LEY DE ESPACIOS CULTURALES INDEPENDIENTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO, explicado | Precedente Legal