Artículo 1069 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las servidumbres legales son derechos que tienes sobre un terreno ajeno por obligaciones que marca la ley, como pasar agua o luz por ahí. Este artículo dice que a esas servidumbres se les aplican las mismas reglas que están en los artículos del 1,119 al 1,127. Esas reglas hablan de cómo se crean, usan y terminan estas servidumbres. Así que, si tienes una servidumbre legal, debes seguir esos lineamientos para no meterte en problemas.
Texto oficial
ARTÍCULO 1,069.- Son aplicables a las servidumbres legales lo dispuesto en los artículos del 1,119 al 1,127, inclusive.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.