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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_5816/1093
Ley
CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Artículo
1093

Artículo 1093 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si varias personas se benefician de algo que deben pagar o devolver, todas tienen la obligación de cubrirlo, pero cada una paga según lo que usó o aprovechó. Esto aplica solo si no hay una ley o un acuerdo que diga otra cosa. Por ejemplo, si tú y dos amigos usan un servicio, cada uno paga la parte que le tocó, no todo el costo.

Texto oficial

ARTÍCULO 1,093.- Si los que se aprovecharen fueren varios, la obligación recaerá sobre todos en proporción de su aprovechamiento, si no hubiere prescripción o convenio en contrario.

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 203) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.