Artículo 1139 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 1,139 habla sobre cuándo se considera que una persona cambió legalmente su forma de poseer algo. Imagina que alguien está usando una casa, pero no porque sea su dueño (por ejemplo, la renta o la cuida). Si de repente empieza a actuar como si fuera el dueño, como si ya no reconociera a otro como propietario, la ley dice que ahí cambió la causa de su posesión. Eso es importante porque el tiempo para que esa persona pueda reclamar la propiedad por "prescripción" (es decir, por usarla mucho tiempo) solo empieza a contar desde el momento exacto en que hizo ese cambio. O sea, no vale el tiempo que estuvo poseyendo antes como inquilino o cuidador.
Texto oficial
ARTÍCULO 1,139.- Para los efectos de los artículos 826 y 827 se dice legalmente cambiada la causa de la posesión, cuando el poseedor que no poseía a título de dueño comienza a poseer con este carácter, y en tal caso la prescripción no corre sino desde el día en que se haya cambiado la causa de la posesión.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.