Artículo 1205 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no sirve para nada. Fue eliminado oficialmente por una ley publicada en el Diario Oficial de la Federación desde 1948. Cuando una ley dice que un artículo está "derogado", significa que ya no tiene validez ni se puede aplicar.
Texto oficial
ARTÍCULO 1,205.- (DEROGADO POR ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO DE LA LEY FEDERAL SOBRE EL DERECHO DE AUTOR PUBLICADO EN EL DOF EL 14 DE ENERO DE 1948)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.