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Artículo 1239 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 1,239 ya no existe en la ley porque fue eliminado oficialmente desde 1948, cuando se publicó una nueva Ley Federal sobre el Derecho de Autor. En términos simples, ese artículo fue "borrado" del código legal y ya no tiene validez ni aplicación. Así que si alguien te dice que ese artículo aplica, no le hagas caso, porque está muerto legalmente. Significa que ya no debes considerarlo para nada, como si nunca hubiera estado escrito.

Texto oficial

ARTÍCULO 1,239.- (DEROGADO POR ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO DE LA LEY FEDERAL SOBRE EL DERECHO DE AUTOR PUBLICADO EN EL DOF EL 14 DE ENERO DE 1948)

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 219) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.