Artículo 1254 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Ese artículo ya no sirve para nada, está derogado, o sea que fue quitado de la ley porque se volvió obsoleto. Lo eliminaron oficialmente el 14 de enero de 1948, cuando se publicó una nueva Ley Federal sobre el Derecho de Autor en el Diario Oficial de la Federación (DOF). Por lo tanto, no tienes que preocuparte por él, ya no tiene ningún efecto legal.
Texto oficial
ARTÍCULO 1,254.- (DEROGADO POR ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO DE LA LEY FEDERAL SOBRE EL DERECHO DE AUTOR PUBLICADO EN EL DOF EL 14 DE ENERO DE 1948) (DEROGADO POR ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO DE LA LEY FEDERAL SOBRE EL DERECHO DE AUTOR PUBLICADO EN EL DOF EL 14 DE ENERO DE 1948) CAPITULO III
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