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Artículo 1261 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no sirve para nada. Fue eliminado oficialmente desde 1948, según una ley que se publicó en el Diario Oficial de la Federación. La palabra "derogado" quiere decir que ya no tiene validez ni se aplica en ningún caso. Básicamente, es como si ese artículo nunca hubiera existido en la legislación actual.

Texto oficial

ARTÍCULO 1,261.- (DEROGADO POR ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO DE LA LEY FEDERAL SOBRE EL DERECHO DE AUTOR PUBLICADO EN EL DOF EL 14 DE ENERO DE 1948)

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 221) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.