Artículo 1261 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo ya no sirve para nada. Fue eliminado oficialmente desde 1948, según una ley que se publicó en el Diario Oficial de la Federación. La palabra "derogado" quiere decir que ya no tiene validez ni se aplica en ningún caso. Básicamente, es como si ese artículo nunca hubiera existido en la legislación actual.
Texto oficial
ARTÍCULO 1,261.- (DEROGADO POR ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO DE LA LEY FEDERAL SOBRE EL DERECHO DE AUTOR PUBLICADO EN EL DOF EL 14 DE ENERO DE 1948)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.