Artículo 1287 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si una persona que deja herencia y sus herederos (los que recibirían sus bienes) mueren en el mismo accidente o el mismo día, y no se puede saber quién falleció primero, se considera que todos murieron al mismo tiempo. Eso significa que ninguno hereda del otro, porque la herencia solo se transmite si uno muere antes que el otro. En pocas palabras: si no se puede probar quién vivió más, nadie recibe bienes de los demás en ese desastre.
Texto oficial
ARTÍCULO 1,287.- Si el autor de la herencia y sus herederos o legatarios perecieren en el mismo desastre o en el mismo día, sin que se pueda averiguar a ciencia cierta quiénes murieron antes, se tendrán todos por muertos al mismo tiempo, y no habrá lugar entre ellos a la transmisión de la herencia o legado.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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