Artículo 1301 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Un testamento puede tener cláusulas que dejen herencia o regalos específicos a ciertas personas. Pero si el testador puso esa cláusula por una razón equivocada y fue la única razón por la que la escribió, entonces esa parte del testamento no sirve para nada. Por ejemplo, si alguien le deja su casa a un amigo solo porque creía que el amigo le había salvado la vida, y resulta que eso no fue cierto, la herencia queda sin efecto. En pocas palabras, si el motivo que aparece en el testamento es falso y fue lo único que movió al testador, esa disposición se anula.
Texto oficial
ARTÍCULO 1,301.- Las disposiciones hechas a título universal o particular no tienen ningún efecto cuando se funden en una causa expresa, que resulte errónea si ha sido la única que determinó la voluntad del testador.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.