Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 1312 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para decidir si alguien estaba en condiciones de hacer su testamento, hay que fijarse sobre todo en cómo estaba de salud mental y física en el momento exacto en que lo escribió o firmó. No importa si antes o después estuvo confundido o enfermo; lo clave es su estado al momento de hacer el testamento.

Texto oficial

ARTÍCULO 1,312.- Para juzgar de la capacidad del testador se atenderá especialmente al estado en que se halle al hacer el testamento. CAPITULO III DE LA CAPACIDAD PARA HEREDAR (REFORMA PUBLICADA EN EL DOF EL 23 DE DICIEMBRE DE 1974)

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 226) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.