Artículo 1361 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La carga de hacer algo significa que alguien tiene la obligación de realizar una tarea específica. Si esa persona no cumple con lo que prometió, se considera como una condición que puede echar para atrás el acuerdo. Es decir, si no haces lo que te comprometiste a hacer, la otra persona puede exigir que se cancele el trato como si nunca hubiera existido. Esto funciona como una especie de advertencia: cumple o el negocio se deshace.
Texto oficial
ARTÍCULO 1,361.- La carga de hacer alguna cosa se considera como condición resolutoria.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.