Artículo 1389 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si el testador (la persona que hizo el testamento) deja su herencia a alguien con un nombre común, como "Juan Pérez", y resulta que hay dos o más personas que se llaman igual y tienen las mismas características, entonces nadie puede heredar porque no se puede saber a cuál de ellos se refería. En ese caso, la herencia se va a otras personas según lo que diga la ley, no para los que se llaman igual. Esto aplica solo cuando el testador no dejó pistas claras de a quién quería nombrar.
Texto oficial
ARTÍCULO 1,389.- Si entre varios individuos del mismo nombre y circunstancias no pudiere saberse a quién quiso designar el testador, ninguno será heredero.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.