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Artículo 1389 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si el testador (la persona que hizo el testamento) deja su herencia a alguien con un nombre común, como "Juan Pérez", y resulta que hay dos o más personas que se llaman igual y tienen las mismas características, entonces nadie puede heredar porque no se puede saber a cuál de ellos se refería. En ese caso, la herencia se va a otras personas según lo que diga la ley, no para los que se llaman igual. Esto aplica solo cuando el testador no dejó pistas claras de a quién quería nombrar.

Texto oficial

ARTÍCULO 1,389.- Si entre varios individuos del mismo nombre y circunstancias no pudiere saberse a quién quiso designar el testador, ninguno será heredero.

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 236) ↗

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