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Artículo 1390 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si haces un testamento y dejas una herencia o un regalo a alguien que no puedes identificar bien, o mencionas algo que no se puede saber con claridad qué es, ese encargo no sirve. La única excepción es que, gracias a algún hecho o situación futura, se pueda aclarar de quién se trata o de qué cosa estamos hablando.

Texto oficial

ARTÍCULO 1,390.- Toda disposición en favor de persona incierta o sobre cosa que no pueda identificarse será nula, a menos que por algún evento puedan resultar ciertas. CAPITULO VII DE LOS LEGADOS

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 236) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.