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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_5816/1390
Ley
CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Artículo
1390

Artículo 1390 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si haces un testamento y dejas una herencia o un regalo a alguien que no puedes identificar bien, o mencionas algo que no se puede saber con claridad qué es, ese encargo no sirve. La única excepción es que, gracias a algún hecho o situación futura, se pueda aclarar de quién se trata o de qué cosa estamos hablando.

Texto oficial

ARTÍCULO 1,390.- Toda disposición en favor de persona incierta o sobre cosa que no pueda identificarse será nula, a menos que por algún evento puedan resultar ciertas. CAPITULO VII DE LOS LEGADOS

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 236) ↗

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