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Artículo 139 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 139 ya no sirve para nada, porque fue eliminado de la ley. Esto pasó cuando el gobierno publicó una reforma el 25 de mayo del año 2000 en el periódico oficial. En pocas palabras, ya no hay que cumplir lo que decía ese artículo, porque dejó de existir.

Texto oficial

ARTÍCULO 139.- SE DEROGA (REFORMA PUBLICADA EN LA GODF EL 25 DE MAYO DE 2000)

Ver ley oficial en el DOF (pág. 38) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.