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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_5816/140
Ley
CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Artículo
140

Artículo 140 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo solo dice que se canceló o eliminó una ley o regla que estaba en vigor antes. En México, cuando una ley se deroga, significa que ya no es válida y no se tiene que cumplir. El cambio que trajo esta derogación se publicó el 25 de mayo del año 2000 en el periódico oficial del gobierno.

Texto oficial

ARTÍCULO 140.- SE DEROGA (REFORMA PUBLICADA EN LA GODF EL 25 DE MAYO DE 2000)

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 38) ↗

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