Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 140 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo solo dice que se canceló o eliminó una ley o regla que estaba en vigor antes. En México, cuando una ley se deroga, significa que ya no es válida y no se tiene que cumplir. El cambio que trajo esta derogación se publicó el 25 de mayo del año 2000 en el periódico oficial del gobierno.

Texto oficial

ARTÍCULO 140.- SE DEROGA (REFORMA PUBLICADA EN LA GODF EL 25 DE MAYO DE 2000)

Ver ley oficial en el DOF (pág. 38) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.