Artículo 1490 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien hace un testamento y ese documento tiene un error grave que lo hace nulo según la ley, el testador no puede impedir que alguien lo demande para anularlo. Aunque el testador haya puesto una cláusula para que nadie lo cuestione, eso no es válido. Es decir, si el testamento está mal hecho, siempre se puede pelear legalmente.
Texto oficial
ARTÍCULO 1,490.- El testador no puede prohibir que se impugne el testamento en los casos en que éste deba ser nulo conforme a la ley.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.