Artículo 15 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que un juez en México puede negarse a aplicar leyes extranjeras en dos casos. Primero, si alguien usó trucos para evitar las leyes mexicanas más importantes, y el juez se da cuenta de que lo hizo a propósito. Segundo, si la ley extranjera o lo que resultaría de aplicarla va en contra de los valores o reglas básicas de México, como los derechos humanos o el orden público. En pocas palabras, las leyes de otros países no pueden usarse si violan lo esencial del sistema legal mexicano.
Texto oficial
ARTÍCULO 15.- No se aplicará el derecho extranjero: I.- Cuando artificiosamente se hayan evadido principios fundamentales del derecho mexicano, debiendo el juez determinar la intención fraudulenta de tal evasión; y II.- Cuando las disposiciones del derecho extranjero o el resultado de su aplicación sean contrarios a principios o instituciones fundamentales del orden público mexicano. (REFORMA PUBLICADA EN EL DOF EL 23 DE DICIEMBRE DE 1974)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.