Artículo 1531 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 1,531 fue eliminado del código, ya no existe como ley aplicable. Esto pasó el 23 de julio de 2012, cuando se publicó esa eliminación en el periódico oficial del gobierno. En pocas palabras, si antes existía una regla con ese número, ya no tiene validez ni se debe seguir. Quiere decir que ya no hay obligación ni derecho basado en ese artículo.
Texto oficial
ARTÍCULO 1,531.- SE DEROGA (REFORMA PUBLICADA EN LA GODF EL 23 DE JULIO DE 2012)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.