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Artículo 1531 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 1,531 fue eliminado del código, ya no existe como ley aplicable. Esto pasó el 23 de julio de 2012, cuando se publicó esa eliminación en el periódico oficial del gobierno. En pocas palabras, si antes existía una regla con ese número, ya no tiene validez ni se debe seguir. Quiere decir que ya no hay obligación ni derecho basado en ese artículo.

Texto oficial

ARTÍCULO 1,531.- SE DEROGA (REFORMA PUBLICADA EN LA GODF EL 23 DE JULIO DE 2012)

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 252) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.