Artículo 1532 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Artículo 1,532 fue eliminado de la ley desde el 23 de julio de 2012, cuando se publicó una reforma en la Gaceta Oficial. Eso significa que ya no existe ni aplica, así que no te preocupes por lo que decía. Si ves ese número en algún documento viejo, no tiene validez legal hoy en día.
Texto oficial
ARTÍCULO 1,532.- SE DEROGA (REFORMA PUBLICADA EN LA GODF EL 23 DE JULIO DE 2012)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.