Artículo 1536 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Artículo 1,536 fue eliminado de la ley, es decir, ya no existe. Esto se publicó oficialmente el 23 de julio de 2012, por lo que desde esa fecha ya no tiene ningún efecto legal. No te preocupes por entenderlo, porque ya no aplica para ningún caso. Solo recuerda que fue borrado y no debes tomarlo en cuenta.
Texto oficial
ARTÍCULO 1,536.- SE DEROGA (REFORMA PUBLICADA EN LA GODF EL 23 DE JULIO DE 2012)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.