Artículo 1543 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo solo dice que se deroga, o sea, se elimina por completo, el Artículo 1,543 del Código Civil. Significa que desde el 23 de julio de 2012 esa ley ya no existe ni se aplica en ningún caso. No hay nada más que explicar, porque el artículo ya no tiene validez legal.
Texto oficial
ARTÍCULO 1,543.- SE DEROGA (REFORMA PUBLICADA EN LA GODF EL 23 DE JULIO DE 2012)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.