Artículo 1545 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo solo dice que se deroga (se quita o elimina) una ley anterior. En la práctica, ya no existe ningún artículo 1,545 en la ley que se menciona. La derogación ocurrió desde el 23 de julio de 2012, así que ya no tiene efecto legal.
Texto oficial
ARTÍCULO 1,545.- SE DEROGA (REFORMA PUBLICADA EN LA GODF EL 23 DE JULIO DE 2012)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.