Artículo 1560 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo solo dice que ya no existe, es decir, fue eliminado del código legal. La palabra “derogar” significa que se quita o se borra una ley que antes estaba vigente. Como se publicó en la Gaceta Oficial el 23 de julio de 2012, quiere decir que desde esa fecha ya no tienes que preocuparte por lo que decía ese artículo. En pocas palabras, ya no es una regla que debas cumplir o conocer.
Texto oficial
ARTÍCULO 1,560.- SE DEROGA (REFORMA PUBLICADA EN LA GODF EL 23 DE JULIO DE 2012)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.