Artículo 1559 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo ya no aplica, porque fue eliminado de la ley el 23 de julio de 2012. "Derogar" significa que se quitó o canceló oficialmente. En pocas palabras, ya no existe ni tiene ningún efecto legal desde esa fecha.
Texto oficial
ARTÍCULO 1,559.- SE DEROGA (REFORMA PUBLICADA EN LA GODF EL 23 DE JULIO DE 2012)
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