Artículo 1569 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo fue eliminado del Código Civil. Ya no existe ni se aplica en ningún caso. La reforma del 23 de julio de 2012 lo quitó de la ley, así que ya no tienes que preocuparte por lo que decía. Si buscas información legal, ahora debes revisar otras reglas más actuales.
Texto oficial
ARTÍCULO 1,569.- SE DEROGA (REFORMA PUBLICADA EN LA GODF EL 23 DE JULIO DE 2012)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.