Artículo 1568 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo solo dice que ya no es válido. Con las palabras "se deroga", el Código Civil está eliminando ese artículo del 1,568. Es decir, ya no existe ni se debe aplicar. La fecha de la reforma (23 de julio de 2012) indica cuándo dejó de tener efecto.
Texto oficial
ARTÍCULO 1,568.- SE DEROGA (REFORMA PUBLICADA EN LA GODF EL 23 DE JULIO DE 2012)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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