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Artículo 1574 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 1,574 fue eliminado de la ley el 23 de julio de 2012, según una reforma publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal (hoy Ciudad de México). Esto significa que ya no existe ni se aplica, así que no tienes que preocuparte por lo que decía. La palabra "derogar" solo quiere decir que se quitó o canceló ese artículo.

Texto oficial

ARTÍCULO 1,574.- SE DEROGA (REFORMA PUBLICADA EN LA GODF EL 23 DE JULIO DE 2012)

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 255) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.