Artículo 1574 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 1,574 fue eliminado de la ley el 23 de julio de 2012, según una reforma publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal (hoy Ciudad de México). Esto significa que ya no existe ni se aplica, así que no tienes que preocuparte por lo que decía. La palabra "derogar" solo quiere decir que se quitó o canceló ese artículo.
Texto oficial
ARTÍCULO 1,574.- SE DEROGA (REFORMA PUBLICADA EN LA GODF EL 23 DE JULIO DE 2012)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.