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Artículo 1793 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Un convenio es un acuerdo entre dos o más personas. Cuando ese acuerdo crea obligaciones (como pagar algo) o transfiere derechos (como ser dueño de algo), entonces ese convenio se llama contrato. En pocas palabras, no todo acuerdo es un contrato, solo aquellos que generan derechos y obligaciones para las partes que lo firman.

Texto oficial

ARTÍCULO 1,793.- Los convenios que producen o transfieren las obligaciones y derechos toman el nombre de contratos.

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 280) ↗

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