Artículo 1813 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que, si te equivocaste sobre un hecho o sobre la ley al firmar un contrato, ese error puede hacer que el contrato no valga. Pero solo aplica si ese error fue la razón principal por la que aceptaste firmar, y además lo dejaste claro en el momento del trato o se puede comprobar por las circunstancias que el contrato se hizo solo por esa equivocación y no por otro motivo.
Texto oficial
ARTÍCULO 1,813.- El error de derecho o de hecho invalida el contrato cuando recae sobre el motivo determinante de la voluntad de cualquiera de los que contratan, si en el acto de la celebración se declara ese motivo o si se prueba por las circunstancias del mismo contrato que se celebró éste en el falso supuesto que lo motivó y no por otra causa.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.