Artículo 1851 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando un contrato está escrito bien clarito y no hay duda de lo que las dos partes quisieron decir, se respeta al pie de la letra lo que dice. Pero si las palabras escritas no coinciden con lo que realmente acordaron, tiene más valor la intención que tenían ambas personas al momento de firmar. O sea, no te pueden engañar con lo que está escrito si es obvio que querían otra cosa.
Texto oficial
ARTÍCULO 1,851.- Si los términos de un contrato son claros y no dejan duda sobre la intención de los contratantes, se estará al sentido literal de sus cláusulas. Si las palabras parecieren contrarias a la intención evidente de los contratantes, prevalecerá ésta sobre aquéllas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.