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Artículo 1867 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que la persona que ofrece la recompensa (el promitente) puede elegir a alguien más para que decida quién o quiénes se ganan el premio. O sea, si tú ofreces un premio a quien haga algo, tienes el derecho de nombrar a un juez o a un equipo que escoja al ganador o ganadores. No tienes que ser tú quien decida, puedes delegar esa tarea en otra persona.

Texto oficial

ARTÍCULO 1,867.- El promitente tiene derecho de designar la persona que deba decidir a quién o a quiénes de los concursantes se otorga la recompensa.

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 290) ↗

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