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Artículo 2213 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La novación de un contrato es cuando tú y la otra persona cambian algo muy importante del acuerdo que ya tenían. Básicamente, reemplazan la obligación que había antes por una nueva, como si empezaran de cero con otra cosa distinta. No es solo arreglar un detalle chiquito, sino que el cambio es tan grande que el trato original ya no existe. En palabras simples, se acaba un compromiso y nace otro en su lugar.

Texto oficial

ARTÍCULO 2,213.- Hay novación de contrato cuando las partes en él interesadas lo alteran substancialmente sustituyendo una obligación nueva a la antigua.

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 333) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.