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Artículo 2294 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si no acordaron una fecha ni un lugar para pagar, entonces el pago se hace en el momento y en el lugar donde te entreguen la cosa que compraste o recibiste. Por ejemplo, si compras algo y te lo llevan a tu casa, ahí mismo pagas en ese instante. La ley lo pone fácil para que no haya confusiones si no lo hablaron antes.

Texto oficial

ARTÍCULO 2,294.- Si no se han fijado tiempo y lugar, el pago se hará en el tiempo y lugar en que se entregue la cosa.

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 341) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.