Artículo 23 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Ser menor de edad o tener alguna incapacidad que diga la ley no te quita tu valor como persona ni afecta a tu familia; solo significa que necesitas ayuda para hacer ciertos trámites o tomar decisiones legales. Cualquier persona puede pedir apoyo para tomar sus propias decisiones, pero nadie te puede obligar a aceptar ese apoyo si no quieres. La función de los apoyos es ayudarte a entender los papeles o contratos, comunicarte mejor y expresar lo que realmente quieres, para que puedas ejercer tus derechos.
Texto oficial
ARTÍCULO 23.- La minoría de edad y las demás incapacidades establecidas por la ley, son restricciones a la capacidad de ejercicio, que no significan menoscabo a la dignidad de la persona ni a la integridad de la familia. Para el ejercicio de su capacidad, cualquier persona puede solicitar apoyo para la toma de decisiones. Sin embargo, a ninguna persona se le podrá exigir llevar a cabo un acto jurídico con apoyo. Los apoyos tendrán el fin de facilitar el ejercicio de sus derechos, incluyendo la comunicación, la comprensión de los actos jurídicos, sus consecuencias y la manifestación de su voluntad. (REFORMA PUBLICADA EN LA GOCDMX 29 DE NOVIEMBRE DE 2024)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.