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Artículo 238 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 238 fue eliminado de la ley por completo. "Derogar" significa que ya no existe ni tiene ningún efecto legal. Esta eliminación se publicó oficialmente el 13 de julio de 2016 en el periódico del gobierno. Por lo tanto, ya no debes tomar en cuenta este artículo para nada, como si nunca hubiera existido.

Texto oficial

ARTÍCULO 238.- SE DEROGA (REFORMA PUBLICADA EN EL GODF EL 13 DE JULIO DE 2016)

Ver ley oficial en el DOF (pág. 54) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.