Artículo 239 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo solo dice que ya no aplica, que fue eliminado de la ley. La fecha que ves indica cuándo se publicó esa eliminación en el periódico oficial. En otras palabras, ya no existe ninguna regla en ese artículo, así que no tienes que preocuparte por cumplirla.
Texto oficial
ARTÍCULO 239.- SE DEROGA (REFORMA PUBLICADA EN EL GODF EL 13 DE JULIO DE 2016)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.