Artículo 240 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 240 ya no existe, fue eliminado completamente de la ley. Cuando una ley dice "se deroga", significa que ese artículo ya no tiene validez legal y no se debe aplicar. La derogación ocurrió el 25 de mayo del año 2000, según la Gaceta Oficial de la época. Entonces no tienes que preocuparte por este artículo, porque no es ley vigente.
Texto oficial
ARTÍCULO 240.- SE DEROGA (REFORMA PUBLICADA EN LA GODF EL 25 DE MAYO DE 2000)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.