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Artículo 2450 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 2,450 fue eliminado oficialmente del código o ley donde aparecía. Ya no existe ni tiene validez, así que no debes tomarlo en cuenta. Esto se hizo mediante una reforma publicada el 21 de julio de 1993 en el Diario Oficial de la Federación. En pocas palabras, ya no aplica para nada.

Texto oficial

ARTÍCULO 2,450.- SE DEROGA (REFORMA PUBLICADA EN EL DOF EL 21 DE JULIO DE 1993)

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 366) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.