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Artículo 2451 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo solo dice que se eliminó o canceló una regla que existía antes. En el derecho, "derogar" es como borrar una ley para que ya no sirva. La derogación fue publicada oficialmente el 21 de julio de 1993. Así que desde esa fecha, lo que decía ese artículo ya no es válido ni se aplica.

Texto oficial

ARTÍCULO 2,451.- SE DEROGA (REFORMA PUBLICADA EN EL DOF EL 21 DE JULIO DE 1993)

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 367) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.