Artículo 2774 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Un contrato de renta vitalicia es un acuerdo donde una persona te da dinero o algo de valor (como una casa o un carro) a cambio de que tú le pagues una cantidad fija cada cierto tiempo, por el resto de su vida. Es "aleatorio" porque nadie sabe cuánto tiempo va a vivir esa persona, así que el negocio puede salirle caro o barato a cualquiera de los dos. La persona que recibe la renta te transfiere la propiedad de lo que te dio desde el momento en que firman.
Texto oficial
ARTÍCULO 2,774.- La renta vitalicia es un contrato aleatorio por el cual el deudor se obliga a pagar periódicamente una pensión durante la vida de una o más personas determinadas, mediante la entrega de una cantidad de dinero o de una cosa mueble o raíz estimadas, cuyo dominio se le transfiere desde luego.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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