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Artículo 2774 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Un contrato de renta vitalicia es un acuerdo donde una persona te da dinero o algo de valor (como una casa o un carro) a cambio de que tú le pagues una cantidad fija cada cierto tiempo, por el resto de su vida. Es "aleatorio" porque nadie sabe cuánto tiempo va a vivir esa persona, así que el negocio puede salirle caro o barato a cualquiera de los dos. La persona que recibe la renta te transfiere la propiedad de lo que te dio desde el momento en que firman.

Texto oficial

ARTÍCULO 2,774.- La renta vitalicia es un contrato aleatorio por el cual el deudor se obliga a pagar periódicamente una pensión durante la vida de una o más personas determinadas, mediante la entrega de una cantidad de dinero o de una cosa mueble o raíz estimadas, cuyo dominio se le transfiere desde luego.

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 409) ↗

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