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Artículo 3002 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La ley que habla sobre los registros públicos va a definir qué se necesita para ser la persona encargada del Registro Público o un registrador. Es decir, va a poner las reglas claras sobre los estudios, experiencia o requisitos que debes cumplir para poder tener ese puesto. Esto aplica tanto para el jefe del Registro como para los que trabajan ahí. Nada más, la ley actual solo dice que esos requisitos los va a establecer después.

Texto oficial

ARTÍCULO 3,002.- La Ley Registral establecerá los requisitos necesarios para desempeñar el cargo del titular del Registro Público y de los registradores. (REFORMA PUBLICADA EN LA GODF EL 20 DE JUNIO DE 2014)

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 446) ↗

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