Artículo 3002 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La ley que habla sobre los registros públicos va a definir qué se necesita para ser la persona encargada del Registro Público o un registrador. Es decir, va a poner las reglas claras sobre los estudios, experiencia o requisitos que debes cumplir para poder tener ese puesto. Esto aplica tanto para el jefe del Registro como para los que trabajan ahí. Nada más, la ley actual solo dice que esos requisitos los va a establecer después.
Texto oficial
ARTÍCULO 3,002.- La Ley Registral establecerá los requisitos necesarios para desempeñar el cargo del titular del Registro Público y de los registradores. (REFORMA PUBLICADA EN LA GODF EL 20 DE JUNIO DE 2014)
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