Artículo 3029 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las anotaciones preventivas (como un aviso en el registro público para proteger un derecho) y las notas de presentación de avisos preventivos se terminan de tres formas: cuando alguien las cancela, cuando vence el tiempo que tenían sin que se renueven (caducidad), o cuando se convierten en una inscripción definitiva (como cuando un crédito se vuelve oficial). En palabras simples, estos avisos temporales dejan de existir si los borran, si expiran o si se vuelven permanentes.
Texto oficial
ARTÍCULO 3,029.- Las anotaciones preventivas y las notas de presentación de avisos preventivos se extinguen por cancelación, por caducidad o por su conversión en inscripción. (REFORMA PUBLICADA EN LA GODF EL 23 DE JULIO DE 2012)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.